El SENASA pondrá en marcha una nueva versión del Sistema Informático de Trazabilidad Citrícola para la campaña 2026-2027. Los productores podrán gestionar datos de sus fincas y unidades productivas dentro de la plataforma. El organismo fijó la inscripción de establecimientos entre el 19 de octubre y el 13 de noviembre de 2026.
El anuncio del 14 de octubre prevé una habilitación gradual de los módulos. También incorpora un asistente de inteligencia artificial para orientar consultas dentro de la aplicación. Según el SENASA, podrá interpretar preguntas en lenguaje corriente y considerar la etapa del trámite del usuario. Su función anunciada es brindar ayuda para continuar la gestión.
La renovación conserva el circuito de certificación, sus pasos, constancias y controles. El comunicado no presenta mediciones de ahorro de tiempo ni resultados comerciales atribuibles a la nueva plataforma.
Del lote de producción al punto de salida
El Programa de Certificación de Fruta Fresca Cítrica controla el cultivo y el empaque. Su presentación institucional explica que busca cumplir las exigencias fitosanitarias de la Unión Europea. El alcance incluye mercados con restricciones cuarentenarias similares. Incluye fruta producida en las regiones del Noreste y Noroeste argentino.
La Coordinación Nacional de Cítricos del SENASA ejecuta y controla el programa. Participan también organizaciones del sector, entre ellas Federcitrus, AFINOA, FUNDANEA y la Cámara de Exportadores de Citrus del Noreste Argentino. Los comités regionales CORENOA y CORENEA integran ese esquema de trabajo público y privado.

Para un establecimiento, la trazabilidad vincula la procedencia de la fruta con los registros de su procesamiento y despacho. La identificación debe mantenerse durante las sucesivas operaciones. Ese seguimiento permite relacionar la carga exportada con una unidad productiva habilitada y con las intervenciones de control realizadas.
La resolución 56/2008 constituye el marco de ese circuito. El texto de esa resolución exige la habilitación previa de establecimientos, fincas y unidades de producción que exportan a los destinos comprendidos. También establece la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios, RENSPA, y el registro anual en el programa.
La norma asigna a cada unidad de producción un código propio. En el ingreso al empaque, los bines deben conservar su identificación y estar acompañados por la documentación correspondiente. La fruta de distintas procedencias necesita mantener su individualidad durante el procesamiento y almacenamiento. Las obligaciones de registro alcanzan los movimientos que el establecimiento incorpora al sistema.
El trabajo de campo aporta los primeros registros
El manual de monitoreo publicado por el SENASA describe una tarea que requiere personal capacitado y habilitado. El monitoreador releva el estado sanitario del lote, comprueba exigencias del programa y documenta su visita. Debe comunicar a las oficinas correspondientes cualquier irregularidad encontrada en el campo.
El mismo documento explica cómo se identifica una unidad productiva: el código reúne una referencia provincial, el número del establecimiento y el del lote. La señalización en el terreno permite relacionar esa unidad con los registros. El cuaderno de campo debe permanecer actualizado y disponible para el personal del programa.
La documentación registra las prácticas realizadas en la finca y permite su revisión durante el monitoreo. Por eso, la gestión digital de datos productivos se incorpora a una actividad que ya cuenta con verificaciones presenciales. La evaluación sanitaria descripta en ese manual requiere intervención de personal habilitado.
Organizar la producción y la inspección
El manual de planta de empaque establece que la empresa debe contar con un responsable que actúe como nexo con los inspectores. Esa persona atiende sus solicitudes y facilita la fiscalización. El establecimiento tiene que proporcionar acceso al sistema de trazabilidad y condiciones para desarrollar las tareas de inspección.
La programación de actividades también requiere coordinación previa. El documento indica que el empaque debe informar los requerimientos de inspección con antelación y comunicar el cronograma tentativo de procesamiento. Ese detalle incluye los turnos aproximados, las líneas que operarán y el destino de la mercadería.
La presencia de personal habilitado durante el procesamiento está prevista en el procedimiento. Los registros informáticos se apoyan en esa intervención y en las responsabilidades del encargado. La información sobre turnos y movimientos vincula el trabajo de la planta con los controles exigidos para despachar la fruta.
Dos sistemas vinculados en la certificación
El manual de consolidación distingue el SITC del sistema CertPOV, utilizado para emitir certificados fitosanitarios de productos de origen vegetal. El primero aporta la trazabilidad específica de los cítricos de exportación. Ambos se vinculan cuando se genera el certificado que ampara un envío.
El documento contempla consolidaciones en origen y en el punto de salida. En el primer caso, la carga puede prepararse en un empaque o depósito fiscal habilitado con intervención aduanera. En el segundo, la operación ocurre en un puerto, aeropuerto o puesto fronterizo. La inspección previa comprende sanidad, calidad y trazabilidad.
El Documento de Tránsito de Cítricos respalda el recorrido de la carga desde el empaque. Para la consolidación en origen, el manual describe un despacho electrónico previo y la generación posterior de ese documento. Estas referencias explican la relación entre los registros; corresponden al circuito documental publicado y no a una prueba de las pantallas de la versión nueva.
Inscripción según los antecedentes del establecimiento
La página oficial de la campaña 2026-2027 distingue tres situaciones. Quienes estuvieron inscriptos en 2025-2026 pueden gestionar la inscripción desde el SITC. Para otros productores con antecedentes, indica contactar a la oficina operativa y solicitar la autogestión.
Los productores nuevos y quienes no están inscriptos desde la campaña 2024-2025 deben realizar la inscripción presencial en la oficina de su jurisdicción. El SENASA pide la documentación en tres ejemplares y carpetas individuales. Es necesario contar con inscripción en el RENSPA y presentar la información completa dentro del plazo.
El productor debe seleccionar los destinos previstos para su fruta. La página detalla los productos comprendidos por mercado y enlaza sus requisitos de exportación. Esa consulta permite identificar las condiciones específicas antes de completar la declaración.
Para naranja fresca con destino a México, el SENASA aclara que los requisitos fitosanitarios todavía están próximos a acordarse. El organismo recomienda seleccionar ese destino al inscribirse si existe interés en exportar durante la temporada. Esa selección registra una intención comercial; la página no confirma que los requisitos ya estén acordados.
El comercio de cítricos integra el seguimiento de las exportaciones agroindustriales a la Unión Europea publicado por InfoAlimentación. La actualización del SITC corresponde a la identificación y certificación de fruta fresca dentro de esa cadena.
El acceso al SITC está publicado por el organismo. Para consultas figura cnc@senasa.gob.ar. El plazo de inscripción de establecimientos termina el 13 de noviembre de 2026.