Pesqueras de Chubut confirmaron que pagarán el “aumento solidario”

Pesqueras de Chubut confirmaron que pagarán el “aumento solidario”

La suma ascenderá de tres mil pesos desde enero del año en curso, y cuatro mil pesos desde febrero. Esos valores deberán ser considerados y absorbidos en futuras instancias de negociación paritaria.

 

Las empresas pesqueras de Chubut anunciaron que se plegarán al «aumento solidario» establecido por el gobierno.

Los empleados registrados del sector privado deben comenzar a percibir la suba dictada por decreto definido por el gobierno de Alberto Fernández.

La medida del Ejecutivo está orientada a paliar los efectos de la inflación en el poder adquisitivo de los trabajadores.

 

Se suman al decreto

 

La medida es el Decreto 14/2020 de principios de enero, habilitada por el Artículo 54 de la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva aprobada por el Congreso en diciembre.

La misma permitió al Ejecutivo definir aumentos mínimos obligatorios y exentos de aportes patronales, a cuenta de futuras paritarias.

Así, la Cámara Argentino Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP) y el STIA suscribieron un acuerdo en el marco de la aplicación de este Decreto Nacional del denominado “incremento solidario”.

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El acuerdo suscrito contiene una cláusula única en la que se establece que “considerando la situación económica, social y laboral actual y su proyección durante el plazo de vigencia del Acuerdo originario (1/6/19 y 31/5/20), las partes han coincidido en la conveniencia de incorporar el incremento uniforme dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional

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Se absorben en paritarias

 

Se especifica que “los valores indicados precedentemente deberán ser considerados y absorbidos en futuras paritarias».

Es decir, que no serán tenidos en cuenta para el cálculo de ningún adicional salarial previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo.

Así tampoco en acuerdos salariales de partes o en el contrato individual de trabajo.

Asimismo, se indica que cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, el incremento se abonará de manera proporcional, y en tal sentido se conviene que el trabajador eventual recibirá la suma de pesos ciento treinta y seis ($ 136) y ciento ochenta y dos ($ 182) por día de trabajo, durante el mes de enero, y a partir de febrero, respectivamente. En estos casos, el pago diario tendrá el límite del monto mensual mencionado al inicio de cada mes.

«A todo evento, resultarán de aplicación las condiciones determinadas por el Decreto 14/2020 del PEN”, concluye.

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