Trabajo evalúa subir el salario mínimo a $12.500
El Ministerio de Trabajo de la Nación convocó al Consejo del Salario para el miércoles 8 de agosto para analizar una suba del salario mínimo, vital y móvil. Actualmente el haber está en $10.000.
El Gobierno Nacional llamó al Consejo del Salario para el próximo miércoles para definir una suba del haber mínimo salarial de los trabajadores registrados. Los empresarios y gremialistas que integran la mesa fueron convocados a la sede de Trabajo.
«Convócase a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el 8 de agosto de 2018, a las 15, en la sede del Ministeriod e Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», reza el texto publicado este viernes en el Boletín Oficial.
El Gobierno exploró en estos días la posibilidad de un consenso, aunque los funcionarios encargados de esta tarea ya prácticamente descontaron que deberán fijar otra vez el porcentaje de manera unilateral.
En la reunión, los gremialistas pedirán un aumento del 30% del sueldo mínimo para llevar el sueldo mínimo actual de $10.000 mensuales a $13.000, mientras que los empresarios propondrían un incremento del 22% y que suba a $12.200. El Gobierno analiza que el ajuste sea un intermedio: 12.500 pesos.
Trabajo fijó como «orden del día» de la reunión, las «consideraciones de los temas elevados al plenario» por las Comisiones del Salario Mínimo, Vital y Móvil y prestaciones por Desempleo; de Empleo; de Formación Profesional; de Productividad y de Fortalecimiento del Sistema de Seguridad Social.
Reunión de comisiones
Todas estas Comisiones deberán reunirse a partir de las 09 del mismo día en la sede de la cartera laboral.
Para el Poder Ejecutivo, «resulta pertinente decidir la convocatoria a sesión plenaria ordinaria (del Consejo) así como disponer la convocatoria a reuniones de las comisiones establecidas oportunamente, fijando los temarios respectivos».
El Salario Mínimo, Vital y Móvil, según la Ley de Contrato de Trabajo, «es la remuneración mínima que un trabajador debería recibir para asegurarse para sí y su familia una vivienda digna, alimentación adecuada, salud, educación, indumentaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión social».