La ANMAT prohibió la venta de marcas de miel, azúcar, leche y aceite
Se trataban de productos ilegales por carecer de autorizaciones
Lo hizo a través de seis disposiciones diferentes publicadas el viernes en el Boletín Oficial (BORA). En la comunicación se manifiesta ilegalidad por carencia de autorizaciones.
Mediante una nueva publicación a través del Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de una serie de productos alimenticios. Comunicó la determinación a través de seis disposiciones que se publicaron este viernes, todos con la firma del Director de la Institución, Carlos Alberto Chiale.
En primer lugar, la disposición 1096-E/2018, establece que se suspenda la venta del artículo identificado como “Miel 100% Pura y Natural marca: Del Bosque, Vto.: Agosto 2018, Peso Neto 300. El principal motivo es que “el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 13 y 155 del CAA por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, resultando ser un producto ilegal”, explicó la institución.
Otro producto similar, la ‘Miel de Abejas’, marca: El Atardecer, comparte el motivo de prohibición con el primero. A su vez, la disposición señala que 1097-E/2018 señala que el uso y la comercialización del producto “carece de autorización de establecimiento y de producto, al consignar en el rótulo un RNE perteneciente a otro establecimiento y un RNPA correspondiente a otro producto, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”, indicó la ANMAT.
Por otro lado, una tercer disposición -la 1198-E/2018- prohibió la venta de los siguientes productos: “Miel de abeja de alta montaña con albahaca, 100% Natural”, marca: Naturatessen, 200 ml, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 16005542; “Miel morada, 100 % miel”, marca: Moro o Caña, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 16218/09; “Miel de abeja, 100% natural”, marca: Artesanal, jalea real, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 11608/09, todos elaborados por el RNE N° 16000616.
Todos ellos estaba en infracción, ya que “no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284, profundiza el documento oficial.
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