Santa Fe: Sueldos impagos y principio de acuerdo en Marengo
Los trabajadores de la alimenticia Marengo, de la ciudad de Rafaela, en Santa Fe, se declararon en «Estado de Asamblea» por sueldos atrasados. Habría un principio de acuerdo. El gremio se mantiene en estado de alerta.
El conflicto en la alimenticia Marengo llegó al Ministerio de Trabajo de Santa Fe.
Allí las partes en conflicto por los sueldos adeudados trazaron un principio de acuerdo.
De todos modos, desde el gremio STIA advierten que seguirán «monitoreando la situación».
Por su parte los trabajadores se mantendrán «en estado de asamblea».
Compromiso patronal
En audiencia en la delegación Rafaela, Marengo se comprometió a completar el pago del medio aguinaldo.
Pero, además, abonaría parte del sueldo de diciembre, todo ello para el día viernes 15 de febrero.
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El reclamo venía generando tensión con los dirigentes del Sindicato de la Alimentación (STIA).
Es que en Marengo trabajan unas 70 personas y la demora de meses en la liquidación puso la situación al límite.
Primera audiencia
El primer encuentro se concretó en la jornada del pasado 7 de febrero.
Allí los trabajadores protestaron asistiendo a sus lugares de trabajo, pero efectuando retención de tareas.
Franco Cristaldo, el secretario general de STIA, se refirió al conflicto.
«Para nosotros fue en general satisfactorio, porque nos vamos con el compromiso concreto del pago de buena parte de lo atrasado», aseguró.
«Pero seguiremos en estado de asamblea permanente», adelantó
«No podemos quedarnos mientras nuestros trabajadores, que ya vienen con una pérdida del poder adquisitivo producto de las políticas económicas implementadas desde el Gobierno nacional, ni siquiera puedan afrontar las obligaciones básicas como el pago de alquileres ante situaciones como ésta», explicó Cristaldo.
Aunque aclarando reiteradamente: «Por supuesto que entendemos algunas razones».
«Sabemos que el empresariado Pyme atraviesa una situación difícil», reconoció
«Ratificamos que estamos también para acompañar el cuidado de la producción y los puestos de trabajo», explicó Cristaldo.
A la audiencia concurrieron del STIA y el presidente de la firma, Florentino Gabriel Rivarossa
En dicha instancia también se dejó expresamente consignado que las partes «no podrán adoptar medidas que alteren o agraven la situación original del conflicto», en el marco de lo preceptuado en el art. 14 de la ley provincial 10.468.